NOVEDADES: CLAUSULAS SUELO Y ACUERDOS PRIVADOS

NOVEDADES EN MATERIA DE ACUERDOS ENTRE BANCOS Y CONSUMIDORES Y CLAUSULAS SUELO.

 

 

En materia de cláusulas suelo, multitud de consumidores firmaron acuerdos con las entidades bancarias, especialmente entre el 2013 y el 2016, acuerdos por los que los bancos  se comprometían a no aplicar la claúsula suelo a cambio de la renuncia  por parte del consumidor a ejercitar acciones legales contra ellos.

 

El problema es que la mayoría de estos acuerdos se firmaron antes de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que  declaraba el derecho de los consumidores a recuperar las cantidades abonadas de más como consecuencia de dicha cláusula suelo. Por lo que la mayoría de los consumidores renunciaron sin saberlo a la restitución de estas cantidades abonadas de más.

 

El abogado de la Comisión Europea se ha pronunciado en un informe que no es vinculante para el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

Evidentemente, como no podía ser de otra forma, el Abogado General  aclara que para que estos acuerdos sean válidos deben cumplir los requisitos mínimos de transparencia. Ello implica que es el banco a quien le corresponde demostrar que informaron a sus clientes  de las consecuencias económicas de su renuncia. Deberán acreditar también que dicho acuerdo fue fruto de una negociación individualizada o que se le explicó bien al cliente las consecuencias jurídicas y económicas que se derivan para él, en concreto, el importe total al que está renunciando.  Además, le debieron conceder un plazo razonable de reflexión para que el consumidor pueda adoptar una decisión meditada. Todo ello aún en el caso de acuerdos escritos por el consumidor «de su puño y letra».

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea deberá pronunciarse próximamente en sentencia que si vinculará a  España sobre las múltiples cuestiones prejudiciales planteadas por los Juzgados españoles relativas a este asunto. Si su sentencia sigue la estela de las conclusiones del Abogado General, a los consumidores no les quedará otro remedio que acudir a los tribunales para que se examine su caso de forma individualizada.

 

Estaremos atentos a lo que decida finalmente el Alto Tribunal de la Unión Europea.

 

 

https://iciarguinea.com/clausula-suelo-y-acuerdos-privados-cuestion-prejudicial-en-europa/


 

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Me licencié en Derecho por la Universidad de Deusto en la promoción de 1992 – 1997, cursé quinto de carrera en Italia, en la “Facoltà di Giurisprudenza, Il Bo” (Padova) a través de la beca Sócrates. En 1997-1998 realicé un Master en Madrid de “Marketing, Business and Financial Products and Services” (Negocios y Productos y Servicios Financieros). Realicé también un “Master en ejercicio de la Abogacía” en la Universidad Internacional de la Rioja ( la UNIR), llave para el doctorando.

Me reciclo constantemente a través de cursos de formación, entre los más recientes (2017 – 2018) del Iltre. Colegio de la Abogacía de Bizkaia, se encuentran; “Curso de praxis de Derecho Civil y Fiscal Vasco”, “Monográfico del Accidente Laboral”, “Talleres prácticos de Derecho Bancario y de los Consumidores”, “Derecho de las personas mayores y con discapacidad”, “El régimen económico matrimonial”, etc..

Mi experiencia profesional gira en torno al mundo bancario y tecnológico en el ámbito nacional e internacional, habiendo trabajado anteriormente para empresas como Telefónica Data, Banco Santander o Rottary Internazionale Italia.

Domino el italiano y hablo de forma fluida el inglés.

Colaboro con “Evolución Legal”, despacho especializado en personas con discapacidad (www.evolucionlegal.com).

Miembro del Comité de Estudios de «Derecho Civil Vasco» » del Ilustre Colegio de la Abogacía de Bizkaia.

Colegiada ejerciente 8703 en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Bizkaia.