EL IMPUESTO DE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS (IAJD)

 

La Banca espera expectante al próximo 5 de noviembre, fecha en la que se reúne el Tribunal Supremo para aclarar los efectos de la Sentencia del Tribunal Supremo de la Sala de lo Contencioso número 1505/2018 de 18 de octubre sobre Actos Jurídicos Documentados.

El Gobierno también puesto que la Comisión de Economía del Congreso estudia la ponencia sobre la nueva Ley Hipotecaria, consecuencia de la transposición de una Normativa Europea, cuyo retraso puede suponer una multa importante por parte de Europa.

El Presidente del Tribunal Supremo ha aclarado en la nota informativa (que pueden descargar al final del texto) por un lado, que la Sentencia es firme y por tanto, no susceptible de revisión, produciendo plenos efectos entre las partes en litigio y respecto de la anulación del artículo 68, párrafo segundo, del Reglamento del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.

También ha confirmado el presidente del Alto Tribunal que hay tres sentencias firmes en relación a dicho impuesto por lo que se ha creado jurisprudencia oponible ante cualquier Tribunal.

Estaremos pendientes de las aclaraciones del Supremo tras dicha reunión.

 

 

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