GASTOS DE CONSTITUCIÓN DE HIPOTECA
La reclamación por gastos de constitución de hipoteca es una demanda con garantías de éxito
En enero del 2019 el Tribunal Supremo aclaró definitivamente cómo debían haberse repartido los gastos de constitución de hipoteca entre el consumidor y el banco. El Supremo delimitó los conceptos por los que corresponde la restitución de cantidades a los consumidores, importe al que además corresponde adicionar el interés legal del dinero generado año tras año desde que fueron indebidamente abonados.
¿Qué gastos son los que se pueden recuperar?
Los gastos reclamables son la factura de NOTARIA (50%), REGISTRO (100%), TASACIÓN (100%), GESTORIA (100%), más el interés generado de forma acumulada desde que fue efectivamente abonado.
Reclamación previa
Es necesario interponer una reclamación previa en la que se solicite la restitución de todos los derechos del afectado, basada en jurisprudencia y normativa sobre su asunto, siendo necesario esperar a que respondan rechanzando la petición o a que pase un tiempo prudencial. Si el banco no devuelve los gastos abusivamente cobrados, procede presentar una demanda judicial en los Juzgados del domicilio del afectado.
Documentación necesaria para la reclamación y posterior demanda
1º La escritura del préstamo hipotecario.
Lo normal es que el hipotecado la tenga en su poder, pero hay veces que el banco se quedó con la copia abonada por el consumidor. Habrá de acudir al banco a reclamarla, si el banco no la facilita, habrá que acudir a la notaría donde se firmó la escritura. Hay afectados que no recuerdan cuál fue la notaría, deberán entonces preguntar en el banco o en el Registro de la Propiedad al que pertenezca la vivienda.
Simplemente es necesaria una COPIA SIMPLE de la escritura.
Si el notario ha cesado su actividad, se habrá adjudicado a otro notario que mantendrá los archivos.
2º Facturas o justificantes de los gastos, de la Notaría, del Registro de la Propiedad, de la empresa de Tasación, de la Gestoría (si intervino en la operación).
Lo más probable es que el afectado las tenga en su poder, muchas veces están anexos a la hipoteca, al final de la misma. Pero si no las tiene, el afectado tendrá que acudir al banco a por ellas. Si no las obtiene del banco, puede pedirlas en la gestoría que tramitó la hipoteca. En otro caso, no quedará otro remedio que acudir a notario, registro y tasador a solicitarlas.
Costas 91688
El abogado y procurador cubrirán sus honorarios con las costas de las que tendrá que hacerse cargo el banco demandado por considerarse temeraria la negativa a atender de forma amistosa la petición.
Para seguir leyendo sobre los plazos de prescripción, clique en el siguiente enlace; https://iciarguinea.com/gastos-hipotecarios/
3986497851
IGE ABOGADOS, Iciar Guinea abogada. Itziar Guinea abogada. 39864978511888948
Solo se atiende con cita previa. Tel. 94 6574635
918197185
Abogados derecho bancario# abogado especialista reclamaciones banca # abogado reclamaciones bancos # Bilbao # Bizkaia # Getxo # reclamar gastos hipotecarios # plazos de prescripción gastos hipotecarios
Actualizado a 13 de Septiembre de 2021